

Un antiguo diario de Armenia escribe lo siguiente: En 2019, el primer ministro Nikol Pashinyan dijo: "No creo que sea correcto que las constituciones del país se cambien con frecuencia". Después de eso, e incluso antes, sólo habló de cambios constitucionales de vez en cuando; además, enfatizó que no hay necesidad de cambiar el sistema de gobierno [en Armenia]. Y ahora, recientemente habló de la necesidad de aprobar una nueva Constitución. Muchos creen que al hacerlo, cumple con la exigencia de Azerbaiyán y Turquía, particularmente en relación con la eliminación de la referencia a la Declaración de Independencia [de Armenia], donde se menciona la agenda para el reconocimiento [internacional] de Nagorno. -Karabaj, el genocidio armenio. Se considera probable que se elimine de la [nueva] Constitución la disposición sobre el estatus especial de la Iglesia Apostólica Armenia. Según informa el periódico Past, además de todo esto, Pashinyan intentará celebrar un referéndum constitucional para evitar elecciones [parlamentarias] anticipadas. La cuestión es que, según nuestras fuentes diplomáticas, Occidente quiere que Pashinyan, como [el presidente azerbaiyano Ilham] Aliyev, también vaya a las elecciones y obtenga plena legitimidad para firmar el "tratado de paz". Además, se considera conveniente celebrar elecciones anticipadas en mayo y, en caso de fuerza mayor, en septiembre. Sin embargo, Nikol Pashinyan está seguro de que es imposible conseguir una mayoría [en el parlamento] incluso con influencia administrativa. Por eso quiere celebrar un referéndum como prueba única de confianza. Teniendo en cuenta la experiencia de las últimas elecciones, en relación con el bajo porcentaje de participación electoral, además de tener serias dudas sobre los resultados del referéndum, según nuestras informaciones, Pashinyan ha dado instrucciones a la "comunidad jurídica" de su equipo para que encontrar "lagunas" para hacer una enmienda a la Constitución [actual] a través de la AN [(Asamblea Nacional)] antes del referéndum. En particular, quieren cambiar el artículo 207; es decir, la disposición de que el acto sometido al referéndum se adopta si más de la mitad de los participantes en el referéndum, pero no menos de una cuarta parte de los ciudadanos que tienen derecho a participar en el referéndum, votaron a favor. Sin embargo, tanto este deseo como la instrucción han causado seria preocupación entre los abogados. La cuestión es que, de conformidad con el inciso 1 del artículo 202 de la Constitución actual, este cambio sólo es posible mediante referéndum.